La Cuarentena Posentrada es el procedimiento por el cual el material vegetal de propagación se encuentra sujeto a acciones de confinamiento en un lugar de producción del importador autorizado por el Senasa, por un periodo determinado.
Este procedimiento tiene como objetivo descartar la presencia de plagas potenciales que pueden ser transportadas en el material importado, difíciles de interceptar en los puntos de ingreso y que se manifiestan, por lo general, durante el crecimiento activo del cultivo.
Se consideran como material sujeto a este procedimiento a las plantas y sus partes: esquejes, estacas, plumas, púas, yemas, cormos, bulbos, rizomas y otros similares destinados a propagación y/o siembra. También organismos y entes de control biológico que lleguen en medios de cultivo especial, y plantas y sus partes para exhibición en congresos o festivales.
Todos estos conocimientos son explicados por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria -Senasa Ucayali en cada capacitación dirigida a usuarios recurrentes que importan material vegetal a nuestro país.
Mediante las indicaciones del Manual de Procedimiento de Cuarentena Posentrada, el Senasa busca prevenir el ingreso, establecimiento y diseminación de plagas cuarentenarias y no cuarentenarias reglamentadas al país y a las áreas reglamentadas dentro de éste, a fin de evitar daños a los cultivos, flora silvestre y productos vegetales, procurando lograr una constante mejora de la sanidad vegetal en apoyo a la producción, procesamiento y exportación de las plantas y productos vegetales.