El Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa supervisa a la municipalidad provincial de Tacna en el avance de las actividades de la meta 19: ‘Fortalecimiento de la vigilancia sanitaria municipal de alimentos agropecuarios primarios y piensos, en el transporte y comercio local’, a fin de garantizar el cumplimiento de las actividades programadas de la meta en los plazos establecidos.
En lo que respecta a la actividad uno, referente a la ejecución del cronograma anual de vigilancia sanitaria de vehículos de transporte y comerciantes de alimentos agropecuarios primarios, se ha realizado la inspección sanitaria a los Mercados Francisco Bolognesi, Leoncio Prado y Dos de Mayo en un 95%, 95% y 40% de puestos de venta de comerciantes de alimentos de procesamiento primario, respectivamente.
La Actividad 2, referida a la capacitación a transportistas y comerciantes empadronados en buenas prácticas de higiene de alimentos agropecuarios primarios y piensos, se ha ejecutado en los Mercados Francisco Bolognesi, Leoncio Prado, Dos de Mayo y al Centro Comercial Grau, que se encuentran en la etapa de evaluación.
La formulación de recursos para el año 2018, en el Programa Presupuestal 0041 ‘Mejora de la inocuidad agroalimentaria’, que corresponde a la actividad 3, ya se encuentra registrado en el Módulo del SIAF para su aprobación por el Ministerio de Economía y Finanzas.
La actividad 4 se refiere a la inclusión en el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) la tipificación de infracciones y sanciones a personas naturales y jurídicas proveedoras del transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos de la provincia, cuyo plazo de ejecución vence el 31 de agosto del presente año; la ordenanza municipal que las incluye se encuentra en su última etapa previa a su publicación en el diario oficial El Peruano.
La evaluación del cumplimiento de la Meta 19 por la Municipalidad Provincial de Tacna está a cargo del Área de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria, siguiendo los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 394-2016-EF, que aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017.
El puntaje mínimo exigido por el MEF es de 80 puntos de 100, el mismo que debe ser cumplido por los municipios Tipo A que comprende a las Municipalidades localizadas en centros de desarrollo y dinamizantes del entorno local o regional con criterio geoeconómico a nivel nacional, al cual pertenece la municipalidad provincial de Tacna.