Senasa: ¿Qué sucede cuando una mascota no cuenta con documentación del país de procedencia?

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El Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, recomienda a los turistas que para trasladar a mascotas y hacer su ingreso al país, se debe contar con Certificados de Salud con las Desparasitaciones Internas y Externas, Certificado de Vacunación al día con respecto a su edad y en algunos casos Certificado de Desinfección de Kennel o Bolso transportador que lo deben de gestionar ante la autoridad oficial del país de procedencia.

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Sucede que en algunos casos, ya sea por pérdida o desconocimiento, al momento de ingresar al país las mascotas no cuentan con los certificados de salud, entiéndase por ello solo a gato y perro, que son los que deben ser presentados a los Inspectores del SENASA apostado en el Salón Internacional del Aeropuerto Jorge Chávez.

Estos certificados de salud, vacunación y desparasitación son un requisito indispensable que va a permitir el paso e ingreso de una mascota al país de destino, en este caso el Perú.

¿Pero qué sucede con las mascotas que no cuentan con estos certificados de salud? El SENASA simplemente retiene al animal impidiéndole el ingreso y según determine y evalué el Inspector, se procede a deportar al animal o se lo lleva a cuarentena domiciliaria con un plazo de 15 días para que el dueño regularice sus papeles presentado un certificado de salud de la mascota expedido por un médico veterinario local.

Para acceder a la cuarentena domiciliaria, el dueño de la mascota debe presentar por lo menos algún documento que acredite que el animal ha estado bien de salud, o que ha cumplido con algunas vacunaciones en su país de procedencia. Visto y analizado el caso, el Inspector puede determinar la cuarentena domiciliaria con el compromiso del dueño a mantenerlo solo en la vivienda y no permitir su salida fuera del área acordada.

Cumplido el plazo, el certificado de salud debe contemplar la desparasitación interna y externa del animal y ser presentado al SENASA para levantar cuarentena domiciliaria.

¿Pero que sucede con los animales que deben ser deportados o regresados a su país? En excepciones, los dueños, por evitarse el pago de reembarque o porque no hay quien se encargue o atienda a su mascota, dejan en el olvido o abandonan a su compañero.

En estos casos, dependiendo de la raza y la edad, SENASA los evalúa y recupera para integrarlos a su Brigada Canina, adiestrándolos para tareas de comiso en sus diferentes Puestos de Control en diversas partes del territorio nacional.

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El Dato

• Al arribo, el animal será inspeccionado por un personal de SENASA, debiendo el dueño hacer un pago de S/. 72.00 nuevos soles por concepto de Inspección.

• Para el documento que autoriza el ingreso de la mascota al país, se realiza un pago de S/. 26.60 nuevos soles.

• En total, el monto que debe pagar el dueño de la mascota o animal es de S/. 98.60 nuevos soles.

• Especies animales como Aves, Roedores, Primates, reptiles, entre otros, deben contar con el Permiso Sanitario de Importación del SENASA y Certificado Sanitario de Exportación cumpliendo los requisitos de su permiso