El distrito fronterizo peruano-boliviano de Desaguadero es la principal puerta de acceso al contrabando procedente de Bolivia, con incidencia en productos de primera necesidad y de consumo. Por esta razón, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa, del MINAGRI, fortalece acciones de cuarentena para prevenir el ingreso, establecimiento y diseminación de plagas cuarentenarias y no cuarentenarias reglamentadas.
El Senasa realiza inspecciones fito y zoosanitarias a los productos y subproductos de origen vegetal en el Puesto de Control Externo en Desaguadero.
Sin embargo, el contrabando abre fronteras clandestinas. Para estos casos, el Senasa realiza operativos inopinados con Aduanas en el Puesto de Control Interno Ojherani, a 5 minutos de Puno, con la finalidad de interceptar productos del contrabando.
En el caso de los comisos de plantas, productos vegetales y otras mercancías reglamentadas, Aduanas solicita la opinión técnica del Senasa para determinar el estado fitosanitario del producto comisado. Dependiendo del resultado de la inspección, los productos pueden ser destruidos.
El maíz (entero y partido) y la torta y afrecho de soya son los productos que, con mayor frecuencia, Aduanas decomisa en grandes cantidades. Precisamente, ambos productos y sus respectivos subproductos califican como granos con alta probabilidad de riesgo fitosanitario, lo que motiva que sean destruidos.
En este trabajo se previene el ingreso de plagas de almacén, como Listronotus bonariensis en maíz y Rhizopherta dominica, Trogoderma granarium y Tribolium castaneum en soya.
Otro de los aspectos que cuida la autoridad sanitaria es la inocuidad de los productos, para lo cual inspecciona las condiciones de envasado y almacenamiento de los mismos. Cuando estos productos no prestan la garantía necesaria, también se recomienda la destrucción.
De acuerdo a ley
Las inspecciones a los envíos que ingresan al país, comisados o formales, se rigen de acuerdo al Artículo 69 del Decreto Supremo Nº 032-2003-AG del reglamento de cuarentena vegetal del Ministerio de Agricultura y Riego.
El citado artículo precisa que los envíos de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados con destino al país, deben venir libres de sustratos como tierra, musgo, turba y otros similares no esterilizados. Asimismo, deben venir en envases nuevos y de primer uso, y, cuando sea necesario, en envases reglamentados con información que permita conocer la trazabilidad del producto.
El objetivo del decreto y de las acciones que realiza la autoridad de sanidad agraria es prevenir el ingreso, establecimiento y diseminación de plagas cuarentenarias para evitar daños a los cultivos, flora silvestre y productos vegetales, procurando lograr una constante mejora de la sanidad vegetal en apoyo a la producción, procesamiento y exportación de las plantas y productos vegetales.