El Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa tiene registrados 34 establecimientos que comercializan plaguicidas de uso agrícola en la región Pasco, a los cuales se les otorgó la Autorización Sanitaria de Establecimiento, en cumplimiento al Decreto Supremo 001-2015-MINAGRI ‘Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola’.
La norma tiene por objeto prevenir y proteger la salud humana y el ambiente, garantizando la eficacia biológica de los productos, así como la orientación en su uso y manejo adecuado mediante la adopción de las buenas prácticas agrícolas en todas las actividades del ciclo de vida de los plaguicidas.
El Senasa, como autoridad competente, interviene a través del Área de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria – AIAIA, realizando las acciones de inspección e información a los propietarios de establecimientos que expenden productos de uso agrícola para que tramiten la Autorización Sanitaria correspondiente.
Su trámite requiere de la presentación de los siguientes documentos: a) Solicitud indicando nombre, domicilio legal y Registro Único del Contribuyente (RUC) de acuerdo a la actividad que realizará, y declaración de contar con los servicios de un asesor técnico, b) Descripción de las instalaciones, de acuerdo a lo señalado en el Manual de procedimientos que para tal efecto ha establecido el SENASA, c) Constancia o recibo de pago.
La presentación de dichos requisitos no exonera a la persona natural o jurídica interesada de cumplir con lo normado por otros sectores gubernamentales.
La entrega de la autorización sanitaria está sujeta a una inspección previa para verificar los datos consignados en la solicitud y en caso de las sucursales de los establecimientos comerciales ya autorizados, se considera como una nueva autorización sanitaria.
Simultáneamente al trámite de la autorización sanitaria del establecimiento, el interesado debe proceder a la inscripción del asesor técnico con la presentación de la siguiente documentación: a) Solicitud, con nombre y domicilio legal de la persona natural o jurídica, y número de colegiatura, b) Hoja de Vida de los profesionales solicitantes o adscritos al solicitante del registro, documentada, acreditando título profesional universitario de agrónomo o biólogo y conocimiento de uso y manejo adecuado de plaguicidas; adicionalmente, de contar con ellos, acreditar conocimientos de manejo integrado de plagas y/o buenas prácticas agrícolas, c) Constancia o recibo de pago. La solicitud de inscripción y toda la información presentada tendrá carácter de declaración jurada.
La vigencia de ambas autorizaciones es indefinida, sin embargo, está sujeta a procesos de reevaluación periódica por parte del Senasa y, de encontrarse irregularidades, se procederá a la cancelación de la autorización sanitaria del establecimiento, quedando además la persona natural o jurídica inhabilitada para obtener una nueva autorización sanitaria por un plazo de dos (2) años luego de la cancelación y, en caso de reincidir, la cancelación de la autorización sanitaria será definitiva.
Nota
De los 34 establecimientos registrados ante el Senasa en Pasco, a tres se les entregó la autorización sanitaria de establecimiento en el primer trimestre del presente año.
La provincia de Oxapampa cuenta con 25 establecimientos con autorización sanitaria, la provincia de Pasco tiene 8 y en la provincia Daniel Alcides Carrión, uno.