Lima: SENASA realiza auditoria a empresa procesadora de cereales y granos

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Auditoría SENASACon la finalidad de garantizar la inocuidad de los alimentos, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA realizó la segunda auditoria a la empresa CABZE S.R.L, dedicada a la importación de granos.

Fuente: SENASA

El SENASA realiza auditorías técnicas a empresas que solicitan la Autorización Sanitaria de Establecimiento dedicado al Procesamiento Primario de Alimentos Agropecuarios y Piensos, para integrarse al registro de la cadena agro-alimentaria y cumplir con los objetivos establecidos en la norma vigente del Decreto Legislativo 1062.

“Este establecimiento está comprendido en el suministro para el consumo nacional, exportación y la importación, ha cumplido con los parámetros de inocuidad, realizó las acciones correctivas en los equipos como la zaranda, herramientas de los operarios de mantenimiento, el exceso de manos en el proceso y verificar el resultado de las capacitaciones al personal”, manifestó Pedro Arangoytia, especialista del Área de Inocuidad Alimentaria de la Dirección Lima Callao.

Al levantar todas las indicaciones, SENASA procederá a otorgar la autorización sanitaria en los plazos establecidos

Para obtener la Autorización Sanitaria, se debe presentar lo siguiente:

  1. Solicitud, según formato (incluir la solicitud adjunta al presente)
  2. Copia del Manual de Buenas Prácticas de Manufactura – BPM, según lineamientos del Codex Alimentarius;
  3. Copia del Plan de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control – APPCC/HACCP, según lineamientos del Codex Alimentarius;
  4. Planes Operativos Estandarizados de Sanitización – POES;
  5. Plan interno de rastreabilidad, según lineamientos establecidos por SENASA;
  6. Flujo de operaciones proyectado en el plano de construcción del establecimiento,
  7. Copia de certificaciones de calidad, sanidad o similares que apoyen las operaciones realizadas, de contar con ellas, y
  8. Boleta de depósito bancario, según tasa establecida (22.8 % UIT según numeral 2 Artículo 50° del Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria).

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