Establecen requisitos fitosanitarios para importación de plantas in vitro de papa y camote de origen Perú y procedencia Bélgica

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Ante el interés en importar a nuestro país plantas in vitro criopreservadas de papa (Solanum spp.) y camote (Ipomoea spp.) de origen Perú y procedencia Bélgica, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa del Ministerio de Agricultura y Riego – Minagri, estableció los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias.

senasa.camote

Mediante la Subdirección de Cuarentena Vegetal, el Senasa da a conocer los requisitos necesarios:

  1. El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país procedencia.

2. El envío deberá venir acompañado de un Certificado Fitosanitario de Reexportación oficial del país de procedencia en el que se consigne:

Declaración Adicional:

Indicar la codificación de las plantas que fueron exportadas y retornan al país.

3. El material deberá retornar en su envase original, sellado y debidamente identificado.

4. El importador deberá contar con su Registro de importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente.

5. Inspección Fitosanitaria en el punto de ingreso al país.

6. El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de dos (02) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción se sometido a una (01) inspección obligatoria para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (01) inspección obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino final del producto.

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0022-2017-MINAGRI-SENASA-DSV by SenasPeru on Scribd