Cusco: Cuarentena post entrada de estacas de vid procedentes de Francia

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Senasa - Cuarentena post entrada de estacas de vid procedentes de FranciaEl Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa realiza, en Cusco, el seguimiento de cuarentena post entrada de estacas de vid procedentes de Francia, con la finalidad de evitar el ingreso de plagas no presentes en el país.

La mercancía importada suma en total 968 kilogramos.

La medida fitosanitaria permite identificar las plagas potenciales del material importado, difíciles de interceptar en los puntos de ingreso y que se manifiestan, por lo general, durante el desarrollo del cultivo.

Durante la inspección, los servidores del campo monitorean la presencia de plagas o enfermedades y colectan muestras de plantas con síntomas sospechosos para su respectivo análisis en los laboratorios de la Unidad de Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal, a fin de obtener un resultado oficial.

Descartada la presencia de plagas no presentes (o exóticas), se procede al levantamiento de la cuarentena, no obstante, si se halla alguna, se procede a la eliminación de todo el lote que ingresó al país bajo esta modalidad de importación.

Cuarentena Post entrada

La Cuarentena Post Entrada es el proceso de verificación fitosanitaria al que debe ser sometido el material importado destinado a propagación y/o siembra.

Durante el periodo de seguimiento cuarentenario del material importado, el Senasa efectuará 5 inspecciones durante un periodo de 16 meses para este expediente.

El material sujeto a este procedimiento es el siguiente:

  • Plantas y sus partes: esquejes, estacas, plumas, púas, yemas, cormos, bulbos, rizomas y otros similares destinado a propagación y/o siembra.
  • Germoplasma de semilla sexual.
  • Organismos y entes de control biológico que lleguen en medios de cultivo especial o sobre organismos plaga.
  • Plantas y sus partes para exhibición en congresos o festivales.

Este material únicamente puede ingresar a través de los Puestos de Control Cuarentenario Aéreo y Marítimo del Callao, Aduana Postal de Lima y otros que el Senasa determine mediante autorización expresa de la Dirección General de Sanidad Vegetal.