Con el objetivo de mejorar la inocuidad de los productos cárnicos destinados al consumo humano, así como fortalecer el desarrollo de la ganadería, el MINAGRI, a través del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa, regula y establece las especificaciones técnicas sanitarias referidas al faenado de los animales.
Bajo esta premisa, la autoridad sanitaria, luego de inspeccionar el funcionamiento del establecimiento conducido por la empresa VIGAL S.A.C., denominado ‘La Finca’ (distrito de La Joya, provincia de Arequipa), procedió a otorgar la autorización sanitaria para el beneficio de animales, calificándolo como matadero de Categoría I, con la capacidad de faenar diariamente a 10 bovinos, 20 porcinos y 30 ovinos.
Durante la inspección, el Senasa verificó el cumplimiento de la normativa vigente, que exige la correcta distribución de ambientes desde la recepción de los animales hasta el despacho de las carnes, debiendo contar con zona de acceso, desinfección de vehículos, abastecimiento, zona de faenado, de oreo, de conservación en frío, zona de embarque, de tal manera que se eviten las contaminaciones cruzadas.
Según la norma, la empresa debe contar con un médico veterinario para inspección ante y post mortem de los animales; otro importante punto a considerar durante la evaluación es constatar que se cumplan las buenas prácticas de manufactura-BPM y los Procedimientos Operacionales Estandarizados de Saneamiento-POES, procesos que permiten minimizar y mantener la higiene adecuada en el procesamiento primario de las carnes, lo cual mejora la inocuidad de los alimentos.
Los mataderos están normados por el Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria (Decreto Supremo 004-2011-AG) y del Reglamento del Faenado de los Animales de Abasto (Decreto Supremo 015-2012- AG).