Andina – Minagri: Gobierno empoderará a productores de leche para generar competencia

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Publicó Reglamento de la Leche y Productos Lácteos

El Gobierno busca empoderar a los productores de leche, con el Reglamento de la Leche y Productos Lácteos publicado ayer, de manera que se desarrollen progresivamente y compitan en un mercado potencial para la inversión, señaló el Minagri.

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Fuente: Andina

“La industria mundial de lácteos está bastante regulada y subsidiada. Es un mercado distorsionado, razón por la cual no fluyó la inversión privada. La esperanza para competir y romper con algunos monopolios es empoderar a los productores de leche”, dijo el director general agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego – Minagri, Ángel Manero.

Sostuvo que la instalación de plantas de procesamiento de leche en el país, por los ganaderos mejor organizados, empieza con 10 millones de soles para abastecer a los programas sociales como Qali Warma.

Con ello se inicia el proceso de abastecimiento directo de leche a los productores de lácteos y a los programas sociales estatales, dijo Manero, quien añadió que este proceso durará cerca de cinco años en completarse.

“Las plantas de procesamiento de leche incluyen tanques de frío para almacenar la leche, los pasteurizadores, la envasadora y el almacen”, indicó al diario oficial El peruano.

Valoración
Manero aseguró que el reglamento permitirá realizar una mejor valoración de la producción de leche nacional y que la industria de lácteos en el país se articulará con los ganaderos.

“Empezarán a atenderlos, a brindarles financiamiento a fin de asegurar el abastecimiento apropiado de la leche”, dijo.

Comentó que la norma asegurará que las empresas de lácteos vendan leche evaporada 100% de leche fresca de vaca.

“Tanto el reglamento como la ley de la leche prohíben usar leche en polvo para fabricar leche evaporada”, refirió.

Esto elevará el precio de la leche fresca de los ganaderos del país en 0.30 céntimos por litro, lo cual favorecerá a 450,000 familias ganaderas y a cerca de dos millones de personas, manifestó.

El funcionario agregó que ello favorecerá el aumento de la oferta nacional de este producto y abastecimiento de la leche en su totalidad.

Normatividad
Minagri publicó ayer el Reglamento de la Leche y Productos Lácteos con el in de establecer los requisitos y los parámetros técnicos, así como las condiciones de envasado y etiquetado que deben cumplir estos productos de origen bovino destinados al consumo humano.

El Decreto Supremo Nº 007-2017-Minagri, busca garantizar la vida y la salud de las personas, generando productos inocuos, así como prevenir prácticas que puedan inducir a error. De acuerdo con el reglamento, se denomina leche a la secreción mamaria normal de animales lecheros, obtenida mediante uno o más ordeños, sin ningún tipo de adición o extracción, destinada al consumo en forma de leche líquida o a elaboración ulterior.

En tanto, los productos lácteos son los obtenidos mediante cualquier elaboración de la leche, que puede contener aditivos alimentarios y otros ingredientes funcionalmente necesarios para la elaboración.

Términos
El uso de ambos términos (‘leche’ y ‘productos lácteos’) se ajustará a lo dispuesto en la Norma General del Codex para el Uso de Términos Lecheros, Codex Stan 206-1999.

El reglamento se aplica a la leche y a los productos lácteos nacionales e importados destinados al consumo humano, así como a todo el proceso de su obtención, procesamiento, envase, transporte, comercialización y expendio.

No se aplica, en cambio, para la leche destinada al autoconsumo, a la alimentación animal, así como para las fórmulas infantiles.

Por ejemplo, el artículo 45 del reglamento establece que el envase debe ser de material inocuo. Asimismo, ser fabricado de manera que mantenga la calidad sanitaria durante toda su vida útil.

Todo empaque de la leche y de los productos lácteos debe permitir su adecuada identiicación.

En tal sentido, precisa que los materiales de los envases de estos productos deben cumplir con lo establecido en la normativa vigente y, complementariamente, con lo fijado por el Codex Alimentarius.