Además del vertimiento de agua residual
El Ministerio de Agricultura y Riego – Minagri modificó los valores de retribuciones económicas a pagar por uso de agua superficial y subterránea y por el vertimiento de agua residual tratada a aplicarse ese año.
Fuente: Andina
El decreto supremo 004-2017-Minagri publicado en el Diario Oficial El Peruano, modifica el pago para los titulares de autorizaciones de vertimiento por volúmenes menores o iguales a 100,000 m3 anuales.
Regulan pago de retribución económica por agua superficial y subterránea
En este caso la determinación de la retribución económica para el año 2017, se efectuará multiplicando un volumen de 100,000 m3 por los valores que se fijen dependiendo de su actividad económica.
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Estos van a variar según la actividad económica. Los afectos al pago son los sectores Saneamiento y otros, Energía, Minería, Agroindustria, Industria y Pesquería.