El Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa mediante la Resolución Directoral N° 0004-2017-MINAGRI-SENASA-DSV estableció los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de semillas de zanahoria (Daucus carota), de origen y procedencia Italia. La mencionada resolución directoral se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano.
El Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, sean aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea Competente, por ese motivo la Dirección General de Sanidad Vegetal del Senasa ha establecido que las semillas de zanahoria deban venir con un certificado fitosanitario del país de origen cumpliendo una declaración adicional específica y se realice una inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
Resolución Directoral nº 0004-2017-MINAGRI-SENASA-DSV by SenasPeru on Scribd