Piura: Senasa inspecciona instalación de 39 mil varas yemeras de mango provenientes de Israel

3565

Piura - Senasa inspecciona instalación de 39 mil varas yemeras de mango provenientes de IsraelEl Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa inspeccionó la instalación de 39 mil varas yemeras de mango (Mangifera indica) procedentes de Israel, que se encuentran sujetas a cuarentena posentrada en lugares de producción aprobados y registrados, de acuerdo a los procedimientos establecidos sobre sanidad vegetal que buscan evitar el ingreso de plagas potenciales.

El material vegetativo que corresponde a una nueva variedad de mango llegó a Piura el año pasado y fue injertado en plantas de mango criollo instaladas en los viveros de la empresa Pachamama Farms SAC, que opera en el sector ex – colonización San Lorenzo – Tambogrande, en la provincia de Piura.

Con la introducción de las varas yemeras de mango, se espera mejorar rendimientos y obtener plantas resistentes a las plagas, lo cual será muy importante para Piura, teniendo en cuenta que es la primera región productora y exportadora de mango fresco del país, con volúmenes enviados por campaña de 150 000 tm.

De acuerdo a los requisitos de nuestro país, que en este caso es el importador, el proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de ocho meses.

Durante este tiempo, el material instalado será sometido a tres inspecciones obligatorias para el seguimiento del proceso y a una adicional para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados dependerá  el destino final del producto.

Si el analista detectara algún problema fitosanitario durante el periodo de cuarentena posentrada, deberá adoptar las medidas fitosanitarias de acuerdo a la legislación vigente en resguardo de la sanidad agraria. Estas medidas pueden ser destrucción, tratamiento  u otras que determine el Senasa.

Senasa inspecciona instalación de 39 mil varas yemeras de mango provenientes de IsraelLa cuarentena posentrada es uno de los procedimientos que usa la autoridad sanitaria para prevenir la introducción de plagas que pudieran ser transportadas en material importado, difíciles de interceptar en los puntos de ingreso y que se manifiestan por lo general durante el crecimiento activo del cultivo.

Se considera como material sujeto a cuarentena posentrada (CPE) a plantas y sus partes, como esquejes, estacas, plumas, púas, yemas, cormos, bulbos, rizomas y otros similares, destinado a propagación y/o siembra.