El Servicio Nacional de Sanidad Agraria – Senasa modifica el período de cuarentena posentrada de 12 a 24 meses en los requisitos fitosanitarios para la importación de plantas in vitro de yuca de origen y procedencia Colombia para su conservación como duplicado de seguridad en el Centro Internacional de la Papa.
A través de la Subdirección de Cuarentena Vegetal se comunicó hacer el cambio al numeral 7, estableciéndose que durante el periodo antes mencionado, los envases que contienen las plantas in vitro no podrán ser abiertos ni utilizados. Cumplido el proceso de cuarentena el material será destruido en presencia de un inspector de la entidad sanitaria.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0019-2017-MINAGRI-SENASA-DSV by SenasPeru on Scribd